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viernes, 19 de abril de 2013

Legalizaciones de obras



Si hicimos una construcción sin licencia, sin proyecto y queremos terminarla legalmente, una de las figuras que nos presentan las entidades municipales, es el trámite de legalización / terminación de obra, tanto obra mayor como obra menor.




Los usuarios no deben creer que éste trámite es más barato o más sencillo, que haber hecho el proyecto de obra, previo a la construcción, ya que hay que general toda la documentación de proyecto, hacer la dirección de obra y la dirección de ejecución de la obra, solicitar en el ayuntamiento  alineaciones y rasantes, etc…, en resumen, no hay atajos. Y por supuesto, pagar los impuestos municipales pertinentes.

Si lo analizas, igual adaptar la edificación a la legalidad vigente puede traer más sobrecostes que haber realizado el proceso de construcción de manera natural.

Dentro de este trámite, lo más que me llama la atención es la justificación de la legalidad de la edificación existente, bien sea mediante Licencia de Obra Mayor, prescripción urbanística o copia de la escritura o nota simple del registro de la propiedad, cuyo asiento registral tenga una antigüedad mínima de 4 años. Tanto la prescripción como ésta última forma de justificar la legalidad, viene a justificar que la edificación construida ilegalmente deja de serlo, pasado los 4 años desde que se construyó.

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