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jueves, 3 de enero de 2013

Certificado de Estabilidad Estructural

Muchas veces cuando vamos a solicitar una licencia de apertura o prescripción urbanística, para completar el procedimiento la entidad municipal solicita el certificado de estabilidad estructural, pero por qué se solicita y qué conlleva este documento....



El certificado de estabilidad estructural es un documento emitido por un técnico competente, Arquitecto o Arquitecto Técnico, en función del criterio del técnico municipal de turno en el cual el técnico emite un documento que estudia la estructura del inmueble objeto del encargo y suscribe su viabilidad.

Este documento es solicitado, sobre todo, para inmuebles que no tengan cédulas de habitabilidad o licencias de primera ocupación, que son muchos en nuestro país.

Bajo nuestro punto de vista, este documento conlleva una infinita responsabilidad con respecto a la que el mercado paga. A los clientes, desde las entidades municipales y otros compañeros profesionales cuyo gremio no nombraré, venden dicho encargo como un documento que te firma en 10 minutos un técnico y que no cuesta nada. Claro, firmar no cuesta pero la responsabilidad que conlleva no se valora.

Si lo comparamos con una obra nueva, este mismo técnico que ha llevado la Dirección de Obra o Dirección de Ejecución de Obra  ha cobrado unos honorarios y suscrito su seguro de responsabilidad civil. A efectos de la Ley de Ordenación de la Edificación, este técnico es responsable de la estabilidad estructural de dicha edificación durante 10 años desde la emisión del certificado final de obra. Este técnico, si quiere que el seguro le cubra, lo tiene que pagar durante los siguientes 10-12 años.... Mejor no decir cuanto cuesta el seguro, porque si no a saber que pasa con la Ley de Servicos Profesionales....

Todavía no he leído ninguna sentencia ni nada acerca de algún siniestro donde algún técnico haya emitido un certificado de estabilidad estructural, y espero no leerlo, pero no se pueden emitir dichos certificados por 100€-200€..., sin visar, sin seguro, etc. Es preferible no pensar lo que pueden pasar con un mal juez y un mal abogado defensor...

Entre las características que tiene que cumplir el certificado están los siguientes apartados:
  1. Datos del inmueble.
  2. Verificación del uso del inmueble.
  3. Características de los materiales utilizados.
  4. Estimación de las cargas.
  5. Características estructurales del inmueble.
  6. Verificación del estado general de la estructura.
  7. Patologías observadas.
  8. Ensayos de la estructura.
  9. Documentos anexos.
Para la emsión de dicho certificado, desde DIN Acero, recomendamos para los Arquitectos Técnicos, el documento que ha elaborado el Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Santa Cruz de Tenerife, que creo que algún otro compañero no perteneciente a dicho colectivo ha plagiado alguna parte.




1 comentario:

  1. HOLA, SOY ARQUITECTO TECNICO DE MALAGA
    ¿ME PODEIS MANDAR ESE MODELO DE CERTIFICADO?
    LO HE BUSCADO EN LA PAGINA DE COAATIE DE TENERIFE, PERO NO ENCUENTRO NADA.

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